Ya tenemos publicadas las medidas oficiales de movilidad para Semana Santa con sus restricciones a seguir durante estos días. Iremos actualizando, si surge algún cambio, este post diariamente para que te sirva de guía para estar al tanto de las restricciones y pasar una Semana Santa tranquila y divertida a la vez.
Si están pensando en viajar durante los días de Semana Santa yes tener en cuentas estos puntos que a continuación te contamos:
Cierre perimetral
Todas las comunidades permanecerán cerradas desde el 26 de marzo al 9 de abril en todo el país.
Las únicas causas que justificarán las entradas y salidas serán las ya contempladas en el decreto del estado de alarma:
- Que tengas que ir a comprar mediciones, bienes de primera necesidad… un ejemplo muy claro sería tener que ir a por medicamentos o material sanitario a la farmacia.
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Tener que ir al veterinario de urgencia con tu mascota.
- Si tienes que trabajar, puedes desplazarte pero siempre llevando a mano el salvoconducto que tu empresa tiene que poner a tu disposición por si te lo piden.
- Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las causas justificadas.
- Cuidado de nuestro mayores. Si tenemos que ir a cuidar a un mayor o persona con discapacidad que no pueda valerse por si misma.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Tener que ir a poner gasolina o desplazarte a una estación de servicios cuando sea estrictamente necesario para cumplir uno de los puntos anteriores. Hacerse Madrid – Sevilla de gasolinera en gasolinera como que no…
Toque de queda
Otra de las medidas abordadas en este Plan Único es la de la limitación de movilidad nocturna entre las 23 horas y las 6 horas en todos los territorios españoles. Los gobiernos regionales podrán adelantar una hora el toque de queda, pero nunca atrasarlo.
Recordarte como antes, que revises bien las restricciones según la comunidad en la que te encuentres, ya que seguro que se aquí a que empiece Semana Santa, varían.
¿Cuántas personas podrán reunirse?
¡Aquí viene lo interesante de todas estas restricciones! Sanidad fija un límite de seis personas en los encuentros sociales al aire libre y de cuatro cuando en espacios cerrados, salvo que se trate de convivientes. Asimismo, se prohíben las reuniones en domicilios entre personas que no sean convivientes.
¡Ah! Y debemos tener en cuenta que cada comunidad pueden proponer sus propias restricciones en cuanto a número de personas, por lo que te recomendamos que te metas en la web de tu ayuntamiento para confirmarlo al 100%
¿Puedo ir a restaurantes y bares?
Sí. Salvo que haya una nueva orden que lo especifique, la hostelería se regirá por las normas ya previstas en cada territorio.
De esta manera, tanto los aforos como la posibilidad de prohibir el consumo en el interior de bares y restaurantes dependerán de las restricciones que cada gobierno autonómico indique.
Con todo esto, seguimos pudiendo organizar planes chulos en nuestras comunidades. Aprovecha para disfrutar del campo, planes por tu ciudad… siempre con todas las medidas de seguridad en mente.
Y recuerda que si viajar con Amovens, debes ser responsable y seguir las medidas que aquí te recordamos.
¡Un abrazo familia!